¿Que debe llevar el kit de carrereta reglamentario en Colombia?









Siempre que se comenta este tema, hay opiniones divididas. El kit de carretera es un elemento fundamental que debe ir en todo vehículo siempre que transite por cualquier carretera del territorio nacional. Por su reglamentación muchos ABUSIVOS Agentes de transito aprovechan la interpretación y el desconocimiento de la norma para colocar comparendo situación que se agrava mucho para la temporada alta de viajes.


El Artículo 30 de la Ley 769 de 2002 es el que establece el equipo reglamentario que deben tener los automóviles. Según esta reglamentación, el equipo de carretera debe tener, como mínimo:

1. Un gato con capacidad para elevar el vehículo:

Para seleccionar el gato tenga en cuenta el peso total de su vehículo, son relativamente económicos se recomienda un tipo zorra como el de la imagen anterior es practico y ocupa poco espacio. Los gatos mecánicos que vienen de fabrica con algunos vehículos no son de muy buena calidad por lo que es recomendable cambiarlo.

2. Una cruceta.


Una cruceta es fundamental en cualquier kit, esta debe tener el cuadrante del tornillo que necesite para su llanta. Mucha gente lleva una palanca de fuerza con el dado que necesite pero recuerde que por interpretación de la norma el agente de transito puede determinar que no cumple así que para evitar es mejor llevar una. Si su vehículo posee ruedas con insertos también debe tener el adaptador 



3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.

Las señales tal y como la norma las describe son TRIÁNGULOS, no conos como muchos aseguran, estos son fáciles de conseguir dentro del kit del extintor casi siempre vienen-



4. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS.


En este espacio haremos énfasis debido a que la regulación ya contempla lo que debe ir dentro del botiquín.
- Antisépticos Alcohol antiséptico y agua oxigenada.
- Un elemento de corte. Bisturí
- Algodón.
- Gasa estéril.
- Esparadrapo o vendas adhesivas.
- Venda elástica.
- Analgésicos. Acetaminofén, analgesicos antivomitivos,
- Jabón.


5. Un extintor (no se especifica el tamaño del mismo).

A pesar de que la norma no especifica el tamaño del mismo para los vehículos particulares, para algunos vehículos de carga si se especifica por lo tanto recomendamos remitirse al código de transito.
Es recomendable un extintor de 5 libras multiproposito y siempre verificar la fecha de vencimiento.



6. Dos tacos para bloquear el vehículo.

Los tacos de plástico cumplen su función, aunque según el peso del vehículo es recomendable hacerlos de madera o mas robustos

7. Caja de herramientas básica que como mínimo deberá contener: alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.

En un vehículo siempre se deben contar con herramientas pero con cualquier kit sencillo es suficiente para hacer procedimientos simples.

8. Llanta de repuesto.

Esta va a corde con el vehículo, es bien sabido que los fabricantes actuales colocan una llanta de repuesto de una medida inferior. En la norma no especifican esto, asi que la llanta despues de que cumpla su función no tiene problema.

9. Linterna.

Se recomienda una linterna recargable o a baterias siempre teniendo las baterias fuera de la linterna. NO ESTAN PERMITIDAS LINTERNAS DE CELULARES a pesar de que el código no lo especifica la linterna debe hacer parte del kit.


Esperamos que esta información sea util!


FUENTE: POLICIA NACIONAL



El Car Audio se Viste de Carnaval



En estos días de Carnaval la rumba en las calles esta por todas partes. Muchas personas deciden armas sus propios sonidos para llevar su fiesta a cualquier parte. Un ejemplo de esto es una instalación que nos llamó mucho la atención en el día de ayer, debido a la calidad del sonido, el volumen y la cantidad de gente que bailaba al retumbar de los parlantes.




"LA PREPAGO" como se denomina la camioneta modificada por Jorge Otero un emprendedor Barranquillero que con la ayuda de sus amigos y vecinos creo esta magnifica instalación apta para todo tipo de rumba. Una modificación creada en su creciente instaladora Otto Sound Car exclusivamente para carnavales, sin recurrir a muchos lujos y complicados detalles, pero que cuenta con una inversión aproximada de 9 millones de pesos en amplificadores, cableado, cajas, baterías y todos los elementos necesarios.




Sonando con un a verdadera potencia y una gran calidad de sonido, esos bajos clásicos Kfc W3010 se adaptaron muy bien a la caja en la que fueron adaptados y los medios MTX le daban ese toque  de calidad a las voces.




Como esta hay muchas instalaciones que se están llevando el protagonismo en las fiestas de carnaval y lo importante es hacer lo que a uno le gusta y llevar la rumba a otro nivel con el vehículo.





Vive la rumba con moderación!

¿Es Ilegal usar un Radios con Pantalla para el Carro?






A la hora de hacer modificaciones en nuestro vehículo, o simplemente por gusto a la tecnología, los sistemas electrónicos de radios con pantallas son los preferidos. En el mercado podemos encontrar de cualquier tipo y casi todas las marcas ofrecen en su gama de productos radios de este tipo. 

Incluso algunos ya vienen equipados con sistemas operativos Android lo cual les permite correr aplicaciones para comunicaciones como Facebook y sistemas de GPS, sin descuidar la calidad de sonido y potencial para personalizar la ecualización al gusto de cada quien. 

Desde que se incluyeron en el mercado Colombiano, han sido causa de polémica sobre todo por las autoridades de Transito. Esto se debe a que gracias a la gran cantidad de funciones, estos radios pueden ocacionar accidentes ya que son un objeto distractor, por tal razon  en la Resolución 3027 de 2010 Ministerio de Transporte, mas específicamente en el numeral B23 se enuncia lo siguiente

B.23. Utilizar radios, equipos de sonido o de amplificación a volúmenes que superen los decibeles máximos establecidos por las autoridades ambientales. De igual forma utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras esté en movimiento.


La sanción por el incumplimiento de esta norma es de  ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes. Esta norma no es una novedad, pero últimamente se han presentado casos particulares en los cuales las autoridades de tránsito están realizando procedimientos donde se esta castigando esta acción particular.


Entonces, ¿Es ilegal usar un radio con pantalla?

Obviamente NO!.

Lo que no es legal es reproducir videos y contenidos multimedia de ese tipo mientras se conduce. Los radios con pantallas traen la función de apagar la pantalla mientras el radio funciona, con esto la norma se cumple y se evita esa sanción. Siempre que el vehículo este en movimiento mantener la pantalla apagada, ya que es una distracción y puede ocasionar un accidente o puede ser multado por un oficial de tránsito. Recordemos que siempre es mejor prevenir que lamentar.
 Nota: Hay vehículos que de fabrica traen este tipo de pantallas instaladas en la parte delantera, en ese caso se debe evitar reproducir videos y colocar el radio en modo de espera o de reproducción, en el cual no mostrará animaciones que puedan distraer al conductor.

¿Has tenido alguna vez problemas con las autoridades por tener una pantalla?